impuesto de reciclado de plasticos

¿Qué va a suponer para tu negocio el nuevo impuesto sobre Envases de plástico?

Empezamos octubre y se ha puesto en marcha la cuenta atrás para que entre en vigor el Impuesto sobre Envases de plástico no reutilizables. Este tributo grava la utilización de envases no reutilizables, que contengan plástico. Incluye tanto si se presentan vacíos como si se presentan conteniendo, protegiendo, manipulando, distribuyendo y presentando mercancía.

Entrará en vigor el 1 de enero de 2023 y está regulado en el capítulo I del título VII de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular (artículos 67 a 83, disposición transitoria décima, disposición final cuarta y disposición final décimo tercera).

Sobre la base imponible

La base imponible se fija a partir de la cantidad de plástico no reciclado, expresada en kilogramos, contenida en los productos objeto del impuesto. La cantidad de plástico reciclado contenida en los productos objeto del impuesto debe ser certificada por entidad debidamente acreditada para emitir la correspondiente certificación.

La falsa o incorrecta certificación constituye una infracción tributaria específica grave. Se sanciona con una multa pecuniaria proporcional del 50% de la cuota dejada de ingresar y un mínimo de 1.000 euros. Este porcentaje se podrá incrementar en un 25% en caso de comisión repetida.

De forma transitoria, durante los 12 meses siguientes a la aplicación del impuesto, también se podrá acreditar la cantidad de plástico reciclado contenida en los productos objeto del impuesto mediante una declaración responsable firmada por el fabricante.

Con relación a esta cuestión hacer dos consideraciones

En primer lugar, cuando el producto objeto del impuesto está compuesto de plástico y otros materiales, el producto solo tributa por el plástico no reciclado que contiene. Por otra parte, cuando el producto objeto del impuesto – por el que ya se hubiese devengado el impuesto – se incorporan otros elementos de plástico que pasan a formar parte del mismo. El producto solo tributa por el plástico no reciclado contenido en los elementos incorporados.

El tipo impositivo aplicable es de 0,45 euros por kilogramo de plástico no reciclado contenida en los productos objeto del impuesto.

Finalmente, la cuota íntegra resultará de aplicar a la base imponible el tipo impositivo.

La Agencia Estatal Tributaria ha creado un apartado especial de información sobre este impuesto con un documento de preguntas y respuestas que te facilitamos en este enlace.

¿Qué va a suponer para tu negocio el nuevo impuesto sobre Envases de plástico?

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